miércoles, 14 de enero de 2015

Hidalgos de bragueta

Una expresión que se utiliza frecuentemente y que es motivo de sonrisas es la de “hidalgo de bragueta”. Esta denominación se aplicaba a aquellos que por tener seis hijos varones vivos estaban exentos de todas las cargas y oficios concejiles, cobranzas, huéspedes, soldados y otros, tal y como se establece en la Novísima Recopilación de Las Leyes de España, en el Libro X, Título II, Ley VII, dada por Felipe IV, en Madrid el 12 de Febrero de 1623, y que trata de los privilegios y exenciones de los que casen antes de tener la edad de diez y ocho años y de los que tengan seis hijos varones. Estos hijos tienen que ser consecutivos por lo que es de suponer la desilusión que sufrirían los matrimonios que, después de traer al mundo cinco varones, concibiesen una hija.
Desde luego se trataba de algo similar a la protección que hoy se pueda dar a las familias numerosas, pero en modo alguno un privilegio de hidalguía.

No hay comentarios: